El Tribunal Supremo en Sentencia de 9 de mayo
de 2013 valora para determinar la nulidad de la cláusula las siguientes condiciones:
a) La creación de la apariencia de un
contrato de préstamo a interés variable.
b) La falta de información suficiente.
c) La apariencia de que el suelo tiene como
contraprestación la fijación de un techo.
d) Su ubicación entre una abrumadora cantidad
de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del
consumidor.
e) La ausencia de simulaciones de escenarios
diversos, relacionados con el
comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el
momento de contratar.
f) Inexistencia de advertencia previa clara y
comprensible sobre el coste comparativo con otros productos.